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La separación matrimonial es una situación jurídica intermedia entre el matrimonio y el divorcio. La sentencia de separación matrimonial suspende la vida en común de los casados, cesando la posibilidad de vincular bienes del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.
La principal diferencia entre la separación y el divorcio, consiste en que la separación no disuelve el matrimonio, sólo queda suspendido, por lo que los cónyuges que están separados siguen estando casados, por lo tanto, no pueden volver a contraer un nuevo matrimonio con una tercera persona. El vínculo matrimonial permanecerá en vigor hasta que no se produzca el divorcio, la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges.
Es importante tener en cuenta que desde el año 2005 ya no es necesario separarse como paso previo al divorcio.
La separación puede ser de hecho o de derecho. Es de derecho, cuando se solicita judicialmente; y es de hecho, cuando ambos cónyuges convienen de mutuo acuerdo o uno de ellos impone al otro el cese de la convivencia matrimonial pero sin intervención judicial, es decir, cuando la pareja casada deja de vivir juntos, sin más.
En caso de separación, es recomendable separarse judicialmente para que puedan definirse aspectos tan importantes como los referentes a los hijos (guarda y custodia, pensión de alimentos, etc.) o los referentes a las relaciones patrimoniales (régimen económico matrimonial, liquidación del régimen económico matrimonial, etc.).
En todo caso, si deciden separarse de hecho, es conveniente contar con nuestro asesoramiento para formalizar las relaciones paterno-filiales y patrimoniales, pues en la separación de hecho, el régimen económico del matrimonio subsiste. De esta forma si el régimen matrimonial es el de gananciales, los bienes que adquiera uno de los cónyuges se presumirá que son del matrimonio, y lo mismo sucede con las deudas u obligaciones. Para evitar esta situación económica que puede no corresponderse con la afectiva, sería recomendable acudir a nuestro Despacho para tramitar, mientras se está separado de hecho, el régimen de separación de bienes.
Revisamos su escritura, facturas y gastos abonados para iniciar acciones de recuperación de los gastos que se le han imputado en virtud de clausulas abusivas contenidas en la escritura de hipoteca.
La Asistencia Letrada al Detenido es una de las intervenciones más importantes del Abogado Defensor, ya que del planteamiento inicial que se de al asunto dependerán en gran medida las estrategias defensivas con las que contará la persona implicada en el delito.